(EL TIEMPO DE COLOMBIA) Aunque la Asamblea Nacional venezolana aún no ha decidido el mecanismo por el cual apostará para reducir el mandato de Nicolás Maduro, el referendo revocatorio es uno de los que más se ha mencionado. A continuación les resumimos lo previsto por la ley venezolana en cuanto a esta herramienta electoral:
1. Consignar ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) –el cuerpo que organiza los comicios– las firmas de al menos 20 por ciento de los electores inscritos.
2. Renovación de las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE), el único que puede convocar a procesos electorales en Venezuela.
3. Una vez nombrado, el CNE debe cumplir un cronograma electoral con publicación de inscritos e impugnaciones al Registro Electoral Permanente (REP).
4. Depurar el REP de fallecidos e inhabilitados políticos (reos condenados). El CNE realiza esa depuración mensualmente.
5. Tras la entrega de las firmas, el organismo electoral tiene que fijar una fecha para la consulta dentro de un límite máximo de 90 días, que incluye 30 días para verificar la validez de las firmas, el cumplimiento de los requisitos constitucionales y la procedencia del referendo.
6. La pregunta para el referendo debe estar formulada en forma clara y precisa de modo que pueda contestarse con un "sí" o un "no", y debe exponer los motivos y propósito de la consulta.
7. Para revocar el mandato del presidente, la votación tiene que ser igual o mayor al total de votos válidos de la más reciente votación presidencial. En el caso de Nicolás Maduro, votaron por él 7'587.532 personas, equivalente al 50,61 por ciento del total de votos.
8. La asistencia al proceso comicial debe ser de al menos el 25 por ciento de los votantes registrados.
9. Si el mandato es revocado dentro de los primeros cuatro años del periodo, se procederá a una nueva elección dentro de los 30 días consecutivos siguientes.
10. Mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente, el cargo será desempeñado por el vicepresidente ejecutivo.