Antonio Gutiérrez Trejo
Sin hacer mucho ruido y como dirían los clásicos: “sin querer queriendo”, la Suprema Corte de Justicia de la Nación sembró hace unas semanas la semilla que terminó por germinar esta semana al poner finalmente en la agenda nacional el debate sobre el controvertido tema del uso, consumo y hasta legalización de la mariguana en México.
No fue circunstancial que de la nada “trascendiera” que el ministro Arturo Zaldívar (compañero y amigo de Felipe Calderón en la Escuela Libre de Derecho, quien precisamente, como Ejecutivo Federal, lo propuso para ocupar en 2009 la vacante que dejó el controvertido ministro Genaro Góngora Pimentel), había atraído el amparo de cuatro notables ciudadanos que demandan de la justicia la libertad para el consumo personal de la mariguana con fines lúdicos y recreativos.
Se trata de Josefina Ricaño Bandala, Armando Santacruz González, José Pablo Girault Ruíz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo, todos integrantes de México Unido Contra la Delincuencia (agrupación civil que en 2004 organizó la multitudinaria Marcha por la Paz), pero que para tales efectos se acreditan como miembros de la llamada Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante, AC.
Pese a que la discusión del tema estaba previsto para la sesión privada del miércoles 28 de octubre, los cinco ministros de la Primera Sala la pospusieron para la siguiente, bajo el argumento de que debían tomar más tiempo para analizar el dictamen.
De acuerdo al proyecto del ministro Zaldívar, la Justicia de la Unión ampararía y otorgaría la protección a las personas arriba mencionadas en contra de la expedición y promulgación de los artículos 235, último párrafo, 237, 245, fracción I, 247, último párrafo, y 248, todos de la Ley General de Salud (relativos a los capítulos V, de Estupefacientes, y VI, relativo a Substancias Psicotrópicas).
En términos más llanos y planos, lo anterior se traduce en la necesidad de que a dichas personas (exclusivamente a ellas), se les permita el uso lúdico y recreativo de la mariguana, esto es la siembra, cultivo, cosecha, preparación, acondicionamiento, posesión, transporte en cualquier forma, empleo, uso y consumo, pero no su comercialización, suministro, enajenación o distribución.
El dictamen del ministro Arturo Zaldivar se sustenta en el reconocimiento al derecho de la persona al libre desarrollo de la personalidad y la autodeterminación.
Es importante destacar que si la Primera Sala avala el proyecto de sentencia, el reconocimiento no ampararía a la Sociedad Mexicana de Autoconsumo Responsable y Tolerante AC, sino únicamente a los cuatro quejosos, es decir, que única y exclusivamente Josefina Ricaño Bandala, Armando Santacruz González, José Pablo Girault Ruíz y Juan Francisco Torres Landa Ruffo tendrían derecho a sembrar y consumir mariguana, nadie más.
Más allá de que la sentencia les sea favorable, es imperativo resaltar que aparentemente ninguno de los cuatro personajes en cuestión fuma y/o consume actualmente mariguana, o al menos eso es lo que parece, como tampoco se tiene pleno conocimiento de que en algún momento de sus vidas lo hayan hecho.