El 1° de Septiembre de este año, al iniciar el período de sesiones del Congreso, el Presidente de la República propuso la Ley General de los Derechos de niñas, niños y adolescentes. Para ello, por primera vez en su mandato utilizó la atribución que tiene para solicitar la categoría de iniciativa preferente, ¿qué significa esto? Que cada una de las cámaras tienen un mes calendario para revisar, dictaminar y votar la ley. Los senadores lo hicieron, y priistas y perredistas le metieron mano a la ley impulsando la agenda de los mal llamados “derechos sexuales y reproductivos” y acentuando la alienación del estado sobre el derecho de los padres para educar a sus hijos.
Ahora los diputados argumentan que por ser iniciativa preferente, no tienen tiempo de corregirla y que se debe aprobar tal como está para cumplir con la solicitud presidencial, pero hay que hacer algunas consideraciones:
Bajo estas premisas, los legisladores no tienen ningún derecho, más aún, caen en la ilegalidad, si aprueban una ley que escatima a los Padres de familia el derecho de educar a sus hijos, más aún en materia de educación sexual, donde, con el término de “derechos sexuales y reproductivos, pretenden dar autonomía al Estado para intervenir en las decisiones de los menores cuando éstos quieran “elegir el número y espaciamiento de los hijos, utilizar métodos anticonceptivos y elegir su identidad sexo-genérica”
Si las autoridades (ejecutivo y legislativo) no han sido capaces de brindar a la sociedad Seguridad Pública y Desarrollo Económico, dos de sus principales funciones, ¿por qué cree que será mejor que cualquier padre de familia para educar a sus hijos? No. Exijamos que los diputados actúen con responsabilidad legislativa y eviten este grave daño para nuestros menores.